Anuncio de cambio del objeto social de AMETEL S.A.
«Articulo 2º. – La sociedad tiene por objeto:
A) La realización de proyectos y estudios, y la construcción, montaje, reparación, mantenimiento y conservación de toda clase de obras e instalaciones eléctricas, electrónicas y de telecomunicaciones, así como la prestación de servicios relacionadas con estas actividades.
B) La realización de proyectos y estudios, y la construcción, montaje, reparación, mantenimiento y conservación de instalaciones de ventilación, calefacción, climatización, frigoríficas y medioambientales, de agua y gas.
C) Diseño, investigación, desarrollo, construcción, explotación, mantenimiento, reparación de plantas e instalaciones de generación de energía y comercialización de su producción.
D) Realización de proyectos, estudios, así como la ejecución, construcción, conservación y mantenimiento de toda clase de obra civil, ya sea destinada ésta a movimientos de tierra, viales y pistas, urbanizaciones, cimentaciones especiales, de abastecimientos y saneamientos de agua, acequias y desagües, conducciones con tubería de presión de gran diámetro, defensas de márgenes, puentes, viaductos y grandes estructuras de hormigón o metálicas y electrificación de ferrocarriles.
E) Ejecución, construcción, conservación y mantenimiento de edificios, enteros o parcialmente, con independencia del uso al cual vaya a ser destinado, bien residencial, comercial o industrial. Elaboración de proyectos y estudios de edificación así como su dirección.
Estas actividades se realizarán, con o sin suministro de equipos y materiales, así como con cuanto sea antecedente, complemento o consecuencia de lo expuesto, y cualquiera actividad lícita directa o indirectamente relacionada con las anteriores, ya sea por cuenta propia o ajena, en forma exclusiva o a través de asociación o participación en otras empresas.
Dichas actividades podrán ser desarrolladas de forma parcial y directa, o indirectamente mediante la titularidad de acciones o participaciones de sociedades de análogo o idéntico objeto.
Quedan excluidas aquellas actividades para cuyo ejercicio la Ley exija requisitos especiales que no queden cumplidos por esta Sociedad. Especialmente quedan exlcuidas las activdades propias de las sociedades de asesoramiento financiero establecidas en el artículo 63 de la Ley del Mercado de Valores.
En relación aquellas actividades que tengan el carácter de actividad profesional de acuerdo con la Ley 2/2007, de 15 Marzo, esta sociedad actuará exclusivamente como sociedad de intermediación en los términos de la exposición de motivos de la citada Ley, entre los clientes y el profesional persona física que desarrollará efectivamente la actividad profesional, quedando por tanto esta sociedad excluida del ámbito de aplicación de la Ley 2/2007, de 15 de Marzo.»